Naomi Carmona / Grupo Marmor
Morelia, Michoacán.- Gracias a la resolución del del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (TEEM-JDC-039/2022), el Congreso de Michoacán deberá llevar a cabo las actuaciones necesarias que garanticen la postulación de personas con discapacidad a cargos de elección popular, así como que sean integradas en cargos públicos del orden local.
Lo anterior luego de que el Tribunal Electoral de Michoacán, atendiera el acto reclamado por una mujer quien se asume con discapacidad visual. La actora se duele de las omisiones legislativas, esto se refiere a no disponer en la legislación estatal en materia electoral de acciones afirmativas que, mediante cuotas por los principios de mayoría relativa, votación proporcional y asignación directa, garanticen el acceso y permanencia a cargos de elección popular; cargos de gobierno a todos los niveles a este grupo en condición de vulnerabilidad.
El proyecto fue realizado por la Magistrada Yurisha Andrade Morales, quien durante su ponencia recordó la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que todas las autoridades del país velen por por los derechos humanos reconocidos en la misma Constitución y en los instrumentos internacionales firmados por el Estado Mexicano.
“Esta resolución sin duda es un gran avance en la inclusión de personas con discapacidad visual en la normativa, pues es la primera resolución que ordena al Congreso del Estado incluir en la legislación acciones que favorezcan la participación político-electoral de las personas con discapacidad, ya que la participación ciudadana de este grupo vulnerable forma parte de un gran desafío que se posiciona discursivamente como un horizonte normativo en las sociedades democráticas modernas a la inclusión”, detalló la Magistrada durante la sesión del TEEM.
Pese a que el Tribunal se declaró incompetente para conocer y resolver las omisiones legislativas, sí consideró fundado el agravio contra la actora Araceli Romero Hernández, por lo que emitió la sanción ya mencionada.
La sentencia también advierte que, el Congreso michoacano deberá promulgar y publicar acciones afirmativas en pro de las personas con discapacidad por lo menos de 90 días antes del inicio del proceso electoral (septiembre del 2023); de no cumplir oportunamente, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán queda vinculado a diseñar los lineamientos respectivos.