Bajan diputados reserva que pretendía endurecer penas al sector salud por no avisar al MP de menores abusados

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Laura Avalos / Grupo Marmor

La diputada de la representación parlamentaria, Fanny Arreola Pichardo, presentó ante el pleno legislativo una reserva con la cual se buscaba instruir al personal adscrito a la Secretaría de Salud a efecto de que se ofrezca y brinde apoyo institucional y profesional en materia médica, de trabajo social y psicología a toda niña y adolescente embarazada.

Sin embargo, la reserva fue votada a favor con 16, en contra 19 y cero abstenciones, por lo cual, la septuagésima quinta legislatura no apoyó la reserva presentada por la originaria de Apatzingán, quien, lamentó la posición que se tomó por sus homólogos.

“Las compañeros y compañeras no lo vieron con buen ánimo, quiero pensar que no es un tema personal, si no es un asunto partidista, seguiremos haciendo nuestro trabajo y proponiendo cosas a favor de la ciudadanía general. (…) es triste porque percibía que era un llamado a que votaran en contra”, dijo.

En entrevista, la diputada puntualizó que hacer un nuevo procedimiento y una iniciativa llevará a cabo tres o cuatro meses de trabajo y ante la posición que han optado sus compañeros de legislatura, es posible que ni siquiera lleguen al pleno sus iniciativas.

La recientemente rechazada establecía que en caso de detectar indicios de que la niña o adolescente ha sido o es víctima de violación, abuso sexual, hostigamiento, acoso sexual, estupro o presente signos de violencia sexual, la Secretaría debería de dar vista al Ministerio Público (MP) y a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEAV) conforme al Protocolo de Atención Inmediata referido en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán de Ocampo.

Posteriormente se buscaba que se activarán los mecanismos de protección, atención y acompañamiento institucionales a cargo de las dependencias y entidades públicas estatales y municipales, toda vez que la omisión de dar vista al ministerio público sería sancionada en los términos del artículo 17 del código penal para el Estado de Michoacán de Ocampo, y del artículo 75 de esta Ley.