Debido a que el aguinaldo es una de las prestaciones que cada trabajador por ley recibe de forma obligatoria cada año, antes del 20 de diciembre de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo por el Artículo 87, el cual menciona “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual” jefes que omitan este pago extra a sus trabajadores que debe ser proporcional a los 15 días de salario, serán sancionados a causa de incumplir con su deber de no pagar obligatoriamente a su personal.
Es por ello que los trabajadores quienes no reciban el aguinaldo correspondiente a cada año en el mes de diciembre, tendrán derecho a demandar a sus jefes ante las autoridades de la Procaduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) el cual pertenecientes a la Ciudad de México podrán localizarla en la calle Doctor José María Vertiz #211 en la colonia Doctores. Por otra parte, persona que no son procedentes de la CDMX, podrán demandar a los números 55 57 09 32 33, extensión 4001 y 55 53 80 200, extensión 4050; al 80 09 11 78 77 y 80 07 17 29 42 o enviando un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx
Dicha Procaduría tiene el fin de brindar la respectiva asesoría legal de forma totalmente gratuita, en el cual se pide al ciudadano que porte con la siguiente documentación como requisito indispensable; contrato, credencial de empleado, recibos de nómina, o bien optar por realizar la denuncia en la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo capitalina, realizando la llamada al número 55 50 38 02 00, extensión 4050.
Por otra parte los jefes recibirán una respectiva sanción con una malta de los 50 a 500, es decir una multa de los 4 mil, hasta los 45 mil pesos de acuerdo con la Unidad de Medida y Actualización UMA.