¿Qué sucedió en el debate de la Suprema Corte de Justicia sobre la Lucha en defensa de los derechos humanos y autodeterminación de los pueblos indígenas?

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Fer Coronel/Grupo Marmor

El subsecretario de Enlace Legislativo y Asuntos Registrales, Humberto Urquiza, dijo esta mañana en rueda de prensa que el día de ayer la Suprema Corte de Justicia logró terminar un primer debate después de casi 2 meses de estar enfocados a revisar la Ley Orgánica Municipal así como la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana, el Reglamento de Consultas del IEM y el acuerdo que validó en su momento la consulta de Crecencio Morales en Jarácuaro.

Este es un acto jurídico histórico que se consolida en Michoacán como un modelo que es ejemplo nacional de autodeterminación de los pueblos indígenas; Chiapas, CDMX, San Luis Potosí y Jalisco ya tienen experiencias de autogobierno y presupuesto directo, por lo tanto el debate que se dio ayer alimenta la fuerza de las comunidades indígenas y del Sistema Jurídico para que las comunidades indígenas ejerzan libremente sus derechos humanos

Durante el debate las comunidades presentaron a la Suprema Corte solicitudes de audiencia pública para que se escuche ambas partes de qué está sucediendo en Michoacán con el tema de autogobierno; también se presentó la figura constitucional “Amicus Curiae” que permite que la corte escuche a voces no necesariamente especialistas (o sí) de la sociedad que no pueden tener acceso al proceso judicial, ya que la controversia constitucional no permite que las comunidades indígenas accedan con la figura de Tercero Interesado por lo que no habían sido escuchadas. La figura del “Amicus Curiae” se presentó por 30 de las 38 comunidades de autogobierno, las otras 8 no se negaron “simplemente los tiempos nos ganaron” comenta el subsecretario Humberto Urquiza.

Sobre la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Lo que sucedió ayer fue una segunda votación histórica donde 6 ministros de los 10 que asistieron votaron a favor de que consulten a las comunidades indígenas (5 mujeres y 1 varón), los otros 4 ministros varones que votaron en contra argumentaron que ya se les había consultado antes con la Ley Orgánica Municipal que presentó en aquel entonces el diputado Ramírez Bedolla y que por lo tanto era de los debates que se habían dado en el caso de Náhuatzen y Tangamandapio que se había anulado la ley porque no había consulta a la comunidad.

Derivado de una votación que se dió hace 8 días, la Corte determinó que la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana en los artículos que regulan la consulta de las comunidades indígenas: es constitucional, el reglamento de consultas libres e informadas del Instituto Electoral de Michoacán con las cuales se aplican para el presupuesto directo: también es constitucional, y es un primer logro fundamental porque la Corte también quería anular estos dos dispositivos normativos.

Con esto se deja un modelo de consulta para el futuro porque toda reforma que se haga en Michoacán (sea legislativa o normativa) debe de pasar por un proceso de consulta y con esta resolución se están dejando nuevos mecanismos de consulta a la par de la que maneja la Ley de Mecanismos y el propio reglamento del IEM.