Guadalupe Martínez / Grupo Marmor
Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), determinaron declarar como válida la elección a la presidencia municipal de Cotija y desechar la impugnación realizada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo de este municipio.
En sesión pública del TEEM, los magistrados señalaron que hay una imposibilidad para realizar el estudio de la causal de nulidad que se hace valer en una de las casillas cuestionadas, en atención a que del encarte es posible advertir que esta no existió en la elección municipal de Cotija.
También declararon como infundados los agravios sobre cinco casillas que se integraron por personas u órganos distintos a los facultados por la norma en atención a que se logró acreditar que las personas que recibieron la votación, en cada caso, fueron designadas, insaculadas y capacitadas por la autoridad electoral para integrar esos centros de votación.
También, consideraron que las personas también se encuentran inscritas en la lista nominal de electores de la sección respectiva en el municipio Cotija.
Aunado a proponer como inoperantes los agravios que se hicieron valer en tres casillas, relacionadas con el error y presunto dolo en el cómputo de los votos de la elección municipal en Cotija, también la presión sobre los electores e irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral, respectivamente.
Por lo cual, los integrantes del TEEM declararon como válida la elección en el municipio de Cotija y a su vez, los magistrados ordenaron al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez expedidas a favor de la planilla postulada en candidatura común por los Partidos Acción Nacional ( PAN) y del Revolucionario Institucional (PRI).