A partir de la reforma al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, las plataformas digitales que operan en México —como servicios de streaming, música, aplicaciones o gimnasios en línea— estarán obligadas a obtener el consentimiento expreso del usuario antes de realizar cobros automáticos.
La medida establece que las empresas deberán notificar al consumidor al menos cinco días antes de una renovación o cargo recurrente, informando con claridad los términos del servicio y las tarifas aplicables. Además, los usuarios tendrán derecho a cancelar sus suscripciones de forma inmediata, sin penalizaciones ni trámites excesivos.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) será la encargada de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones, que buscan evitar prácticas abusivas y proteger a los usuarios frente a cobros no autorizados o procesos de cancelación confusos.
Con esta actualización legal, México se suma a la tendencia internacional de fortalecer la transparencia y el control de los consumidores sobre los servicios digitales que contratan.



















