Emiten primera resolución para combatir prácticas irregulares en el Poder Judicial; inhabilitan a notificadora

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Se comprobó que una funcionaria pública había asentado una notificación a una persona que había fallecido días antes.

RED 113 MICHOACÁN/Redacción

Morelia, Mich.- 14 de noviembre de 2025 .– En un hecho que marca un precedente en el combate a prácticas fuera de la norma dentro del Poder Judicial, en la ponencia del magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial, Luis Felipe Quintero Valois, se emitió esta semana una resolución en la que se sanciona a una notificadora del Sistema de Justicia Penal, Acusatorio y Oral de la región Morelia, por incurrir en una falta administrativa grave.

De acuerdo con la sentencia avalada por el Tribunal de Disciplina Judicial, se acreditó que la servidora pública Lesli N. notificó personalmente, el 25 de noviembre de 2024, una resolución judicial a un imputado que había fallecido cuatro días antes, el 21 de noviembre, dentro del Centro de Alta Seguridad para Delitos de Alto Impacto número 1. El hecho fue considerado como una muestra evidente de “notoria ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones”, prevista en el artículo 165, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

Durante el proceso, la trabajadora argumentó que actuó de buena fe y sin dolo, asegurando que desconocía el fallecimiento del destinatario de la notificación.

Incluso afirmó que una persona privada de la libertad se hizo pasar por el difunto al momento de la diligencia, lo que —dijo— la llevó a considerar que la notificación se realizaba correctamente. Sin embargo, la autoridad disciplinaria determinó que estos señalamientos no desvirtuaban la responsabilidad derivada de la falta de verificación y cuidado que exige su función.

En consecuencia, el Tribunal de Disciplina Judicial resolvió inhabilitar a Lesli N. por seis meses para ocupar empleos, cargos o comisiones dentro del servicio público, así como para participar en procedimientos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas. La resolución subraya que la servidora pública no observó los principios de disciplina, legalidad, profesionalismo, honradez y lealtad que rigen la administración de justicia.