La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró responsable al Estado mexicano por la violación sexual y tortura cometidas contra Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena de 73 años, ocurridas en febrero de 2007, así como por la falta de una investigación adecuada y de atención médica oportuna que derivó en su fallecimiento.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió que el Estado mexicano incurrió en responsabilidad internacional por graves violaciones a los derechos humanos en el caso de Ernestina Ascencio Rosario, quien murió tras sufrir agresiones físicas y sexuales atribuidas a integrantes del Ejército mexicano en la Sierra de Zongolica, Veracruz.
En su sentencia, el tribunal concluyó que la agresión sexual sufrida por Ascencio constituyó un acto de tortura, al haber sido infligida de manera intencional, causar sufrimientos físicos y psicológicos severos y haber sido perpetrada por agentes del Estado. Asimismo, determinó que las autoridades incumplieron su obligación de garantizar el derecho a la vida, a la integridad personal, al acceso a la justicia y a la protección judicial.
La Corte señaló que el Estado no actuó con la debida diligencia en la investigación de los hechos, ya que no se agotaron todas las líneas de investigación, no se preservaron adecuadamente las pruebas y se trasladó el caso a la jurisdicción militar, lo que impidió el esclarecimiento de responsabilidades. También se estableció que la atención médica brindada a la víctima fue tardía e insuficiente, lo que influyó en el desenlace fatal.
Contexto del caso
Ernestina Ascencio Rosario, hablante de náhuatl y residente de una comunidad rural de Veracruz, fue encontrada gravemente herida el 25 de febrero de 2007. De acuerdo con testimonios recabados, la mujer refirió haber sido atacada por elementos del Ejército. Falleció al día siguiente en un hospital de la región.
Tras el cierre del caso en instancias nacionales sin sanciones penales, familiares y organizaciones civiles acudieron al sistema interamericano de derechos humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el caso ante la Corte IDH, al considerar que existían elementos suficientes para atribuir responsabilidad al Estado mexicano.
Durante el proceso internacional, el tribunal analizó el contexto de vulnerabilidad de la víctima, al tratarse de una mujer indígena, adulta mayor y en situación de pobreza, y concluyó que las autoridades no aplicaron un enfoque intercultural ni de género en su actuación.
Medidas ordenadas
Como parte de la sentencia, la Corte IDH ordenó al Estado mexicano realizar una investigación penal efectiva en la jurisdicción civil, reconocer públicamente su responsabilidad internacional, reparar integralmente a los familiares de la víctima y adoptar medidas para evitar la repetición de hechos similares, particularmente en casos que involucren a fuerzas armadas y población indígena.
La resolución de la Corte Interamericana en el caso Ernestina Ascencio representa un pronunciamiento relevante sobre la obligación de los Estados de investigar con diligencia actos de tortura y violencia sexual, así como de garantizar el acceso efectivo a la justicia cuando se trata de violaciones graves a los derechos humanos.


















