Redqacción/Grupo Marmor
En México, el aguinaldo no es un “apoyo” ni un “beneficio extra”: es un derecho laboral obligatorio, incluso para quienes no han cumplido un año trabajando o reciben su salario en efectivo.
De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir un aguinaldo anual equivalente a mínimo 15 días de salario, el cual debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre.
Aguinaldo proporcional: también es obligatorio
La ley es clara: si no se cumplió el año laboral, el trabajador debe recibir la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo trabajado. Esto aplica sin excepción, sin importar si el empleo es temporal, de prueba, informal o si el pago se realiza en efectivo.
Especialistas laborales advierten que frases como “aquí no damos aguinaldo” o “como no llevas el año no te toca” no tienen sustento legal.
¿Qué hacer si no te pagan?
Si el patrón se niega a pagar el aguinaldo, el trabajador puede:
• Solicitarlo directamente, mencionando el artículo 87 de la LFT
• Guardar mensajes, comprobantes de pago y evidencias de la relación laboral
• Acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita
La PROFEDET ofrece orientación anónima, así como procesos de conciliación sin necesidad de abogados ni costo alguno para el trabajador.
¿Dónde denunciar?
La PROFEDET pone a disposición de la ciudadanía los siguientes canales:
• Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877
• WhatsApp: 55 1484 8737
Autoridades laborales recuerdan que el aguinaldo es un derecho irrenunciable y que el incumplimiento puede derivar en sanciones para el patrón.















