Javier Velázquez/Grupo Marmor
La comunidad purépecha de Jarácuaro logró que la Suprema Corte desechara las controversias constitucionales promovidas por el ayuntamiento de Erongarícuaro en contra de su autogobierno, un fallo que el Consejo Supremo Indígena de Michoacán calificó como un precedente histórico para la defensa de las autonomías comunitarias.
El vocero del organismo, Pável Uliánov Guzmán Macario, explicó que las impugnaciones fueron retiradas luego de que el propio ayuntamiento se desistiera de los recursos, tras una movilización de comunidades del Lago de Pátzcuaro que incluso derivó en la toma del palacio municipal.
“Se demostró que no sólo lo jurídico es importante, también la organización comunal”, señaló.

La comunidad de Jarácuaro había sido objeto de una disputa jurídica y movilización social durante casi cinco años, después de que el ayuntamiento de Erongarícuaro cuestionara su derecho a ejercer autogobierno y recibir presupuesto directo.
El fallo de la Suprema Corte marca un precedente porque, por primera vez, se reconoció a una comunidad indígena como sujeto de derecho público dentro del proceso, lo que implicó consultarla directamente sobre un asunto que afectaba sus derechos colectivos.
El Consejo Supremo Indígena señaló que los conflictos entre municipios y comunidades que buscan autogobierno suelen seguir un patrón similar, y que actualmente uno de los casos que sigue en disputa es el de la comunidad de Crescencio Morales.


















