La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que ya no se deben aplicar ciertos descuentos salariales relacionados con créditos del Infonavit cuando los trabajadores se encuentren incapacitados o ausentes, al considerar que se trata de una carga económica desproporcionada. 
El máximo tribunal concluyó que realizar estos descuentos sin que exista un salario base —como ocurre durante incapacidades— afecta tanto a empleados como a empleadores, por lo que deben suspenderse bajo estas condiciones. 
Sin embargo, la suspensión no será automática, ya que se deberá garantizar el pago del crédito mediante una garantía económica, conforme a lo establecido en la Ley de Amparo. 
Esta resolución marca un precedente en materia laboral, al buscar mayor equidad en los descuentos salariales y proteger los ingresos de los trabajadores en situaciones donde no están percibiendo su sueldo de forma regular.



















