Redacción / Grupo Marmor
El próximo año traerá una serie de ajustes fiscales y modificaciones en las cuotas de diversos servicios públicos a nivel federal en México. Aunque todavía no existe una lista oficial que establezca cuánto incrementarán los productos de la canasta básica durante 2027, algunos rubros ya cuentan con un calendario de aumentos aprobado por ley, mientras que otras tarifas gubernamentales continúan su proceso legislativo en el Congreso de la Unión dentro del análisis del Paquete Económico.
Uno de los cambios plenamente confirmados es el incremento gradual al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicado a los cigarros. Según el decreto vigente en el Diario Oficial de la Federación, la cuota específica pasará de 0.8516 a 0.9197 pesos por unidad, lo que representa un aumento fiscal de aproximadamente 1.36 pesos por cada cajetilla de 20 cigarrillos. Sin embargo, el costo final al consumidor dependerá también de los gastos de distribución y las decisiones comerciales de las compañías tabacaleras.
Por otra parte, la iniciativa de la Ley Federal de Derechos contempla propuestas enfocadas al turismo y la aeronáutica. Entre las medidas destaca un alza del 17.2 por ciento al Derecho de No Residente para visitantes extranjeros, pasando de 988 a mil 158 pesos, así como la homologación de cuotas para visas ordinarias en pasaportes foráneos en mil 639 pesos. De igual forma, se plantea encarecer un 10 por ciento los derechos por el uso del espacio aéreo mexicano y elevar del 1.25 al 3 por ciento la tasa aplicable a los concesionarios ferroviarios que tengan más de 15 años de operación.
Respecto a los productos de consumo cotidiano como la carne, la leche, el huevo, los refrescos o las gasolinas, las autoridades precisaron que aún no es posible determinar porcentajes oficiales de aumento. Las proyecciones de la canasta alimentaria responden a las mediciones inflacionarias del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), por lo que cualquier cifra sobre su costo final para el próximo año debe considerarse únicamente como una estimación de mercado y no como una tarifa fijada por decreto gubernamental.


















