Inconstitucional, prohibición de cannabis con fines industriales

Morelia, Michoacán.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición legal para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo (cannabis) con fines industriales.

A propuesta de la ministra Norma Piña y por unanimidad, la Primera Sala de la Corte amparó a la empresa Desart MX contra diversos artículos de la Ley General de Salud (LGS) y del Código Penal Federal.

Cabe señalar que desde 2017 solo se permitía el cultivo de cannabis para fines médicos o científicos, por violar el derecho humano de libertad de trabajo y comercio.

“Que la quejosa obtenga la autorización para la siembra cultivo y cosecha de cáñamo, siempre y cuando garantice que la planta produzca concentraciones iguales o menores al uno por ciento (de THC), y bajo las condiciones de monitoreo, control y seguridad que la autoridad competente, en ejercicio de sus atribuciones técnicas, estime convenientes para proteger la salud y orden público”, señaló la SCJN.

La decisión incluye declarar inconstitucionales los artículos 235 último párrafo y 235 BIS que limitan la siembra, cultivo y cosecha de cannabis únicamente.

El permiso no será inmediato, pues un tribunal colegiado de circuito aún tendría que revisar otros puntos.

Desart MX es filial de la productora de cannabis Xebra Brands, con sede en Vancouver, dirigida por Rodrigo Gallardo. La empresa cotiza en varias bolsas de valores.