Desde amas de casa hasta profesionistas: nadie está exento de un bloqueo de cuenta bancaria

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Naomi Carmona / Grupo Marmor

Morelia, Michoacán.- Tan sólo es necesario que uno de tus apellidos coincida con el de algún personaje involucrado con actos delictivos, para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT), sospeche de alguna relación con actos ilícitos de cualquier cuentahabiente, justificándose en términos de seguridad nacional y que termine ejecutando un bloqueo de cuentas bancarias, con muy poca posibilidad de aceptar un desbloqueo.

Con base a lo anterior los integrantes de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales Delegación Michoacán, (ANEFAC), advirtieron que ningún ciudadano está exento de sufrir un bloqueo de sus cuentas. El monto de depósitos bancarios no tiene relación en la suspensión de los cuentahabientes.

“No hay ningún monto establecido, pensaríamos que el bloque de cuentas bancarias es para aquellas personas que manejan cantidades millonarias, pero nos hemos encontrado en la práctica que incluso amas de casa con depósitos por pensión alimenticia y pagos de sueldos y salarios, les bloquean la cuenta. Estamos hablando de una presunción de siente la autoridad, en este caso la Unidad de Inteligencia Financiera presume que, la persona obtuvo esos recursos por una actividad ilícita (…) Bloquean por el apellido, porque se apellida igual que alguien o está vinculada consaguineamente a un acto de corrupción por otra persona. Todos podemos estar sujetos a un bloqueo de cuenta bancaria”, destacó el abogado, Eliott Olmedo Castillo.

Las razones de la UIF para bloquear cuentas, están relacionadas con la materia penal: financiamiento de terrorismo, operaciones con recurso de procedencia ilícita, lavado de dinero, etcétera, sin embargo, todos estos motivos son meramente una sospecha de la Unidad.

Para el desbloqueo, los integrantes de la ANEFAC mencionaron dos procedimientos:

  1. Acudir ante la propia UIF a la Ciudad de México en un periodo de 10 días hábiles después del bloqueo, para solicitar una audiencia.
  2. Mediante un juicio de amparo para impugnar la suspensión y esperar la resolución de un juzgado de distrito.

Sin embargo, los especialistas advirtieron que, UIF pocas veces desbloquea las cuentas por solicitud de audiencia, lo que significa una violación a los derechos económicos de las personas, mientras que, la impugnación a través de abogados fiscales ha generado alrededor del 60% de casos de éxito.