Guardia Nacional ya te puede multar en vías federales; conoce por qué te pueden detener

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Redacción / Grupo Marmor

Nacional.- ¡Ojo si vas a salir a carretera! Con la reciente modificación al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, la Guardia Nacional ya tiene toda la autoridad legal para infraccionar, imponer sanciones económicas e incluso detener a los automovilistas que rompan las reglas.

El nuevo decreto oficial, que ya entró en vigor, establece diversas penalizaciones, pero destacan las sanciones máximas. De acuerdo con el artículo 60, desobedecer las señales o las instrucciones directas de los agentes tiene prioridad sobre cualquier semáforo, y hacerlo se castiga con la multa económica más alta: de 40 a 50 veces la cuota diaria de la UMA. Para este 2026, esto representa un duro golpe al bolsillo que va desde los 4,692 hasta los 5,865 pesos.

Pero el castigo no se queda solo en lo económico. El artículo 201 señala la sanción de mayor gravedad: la privación de la libertad. Si un conductor presenta resistencia activa, desobedece a los oficiales o es sorprendido manejando bajo los efectos del alcohol o sustancias prohibidas, los agentes están obligados a detenerlo inmediatamente y ponerlo a disposición del Ministerio Público.

Adicional a esto, el reglamento faculta a la Guardia Nacional para aplicar multas de hasta 30 UMAs a quienes circulen en vehículos con fallas mecánicas graves o no porten su bitácora de servicio. Asimismo, no colocar señalamientos de emergencia (como triángulos preventivos) tras sufrir una avería, podría costar hasta 20 UMAs.