La posición del Gobierno del Estado ante la posible abolición de la prisión preventiva en México

Fer Coronel/Grupo Marmor

Morelia, Michoacán; 19 de marzo del 2024.- La prisión preventiva es una medida precautoria que consiste en la privación de la libertad al acusado de un delito en situaciones de extrema necesidad, su objetivo es asegurar la presencia del acusado durante el juicio y garantizar la ejecución de las penas, además de tener el fin de prevenir posibles acciones que puedan dañar a un tercero.

El artículo 19 de nuestra Constitución establece que solo se podrá solicitar al Juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, o la protección de la víctima de los testigos, de la comunidad o cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.

Hay dos tipos de prisión preventiva: la justificada y la oficiosa, la justificada solo se aplica en caso de que haya riesgo de que el imputado se fugue y la oficiosa es la que se aplica obligatoriamente en caso de cometer alguno de los siguientes delitos graves:

  • Abuso o violencia sexual contra menores
  • Delincuencia organizada
  • Homicidio doloso
  • Feminicidio
  • Violación
  • Secuestro
  • Trata de personas
  • Desaparición forzada