Redacción / Grupo Marmor
Guanajuato.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó abajo una norma en Guanajuato que evitaba castigar con cárcel a los padres de familia o tutores que obligaran a sus hijos a someterse a terapias de conversión para “corregir” su orientación sexual.
Por unanimidad, el Pleno respaldó el proyecto de la ministra María Estela Ríos González, tumbando así la reforma al código penal estatal que entró en vigor a finales de 2025, la cual era bastante laxa y únicamente sancionaba a los padres con multas económicas de 20 a 60 días.
Los ministros determinaron que dicha medida violaba el interés superior de la niñez y sus derechos humanos, advirtiendo que estas prácticas atentan contra el libre desarrollo de la personalidad e incluso pueden llegar a equipararse con tortura o tratos crueles e inhumanos.
Con este fallo, originado tras una demanda de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), se abre la puerta para que las autoridades procedan penalmente. A partir de ahora, los padres que obliguen a menores de edad a recibir estos supuestos tratamientos enfrentarán penas que van de los dos a los seis años de prisión.


















