Conceden suspensión a Caro Quintero contra actos de tortura en el Altiplano

El pasado domingo, el fundador del Cártel de Guadalajara promovió un amparo en el que reclama segregación e incomunicación de familiares y abogados, y que no se le ha permitido nombrar defensor, lo que atenta para su adecuada defensa.

Un juez federal del Estado de México concedió a Rafael Caro Quintero una suspensión de plano y de oficio para que cesen de inmediato la segregación e incomunicación, tanto de familiares como de sus abogados, que acusa el narcotraficante al interior del penal de máxima seguridad del Altiplano.

Por lo anterior, el juzgador determinó la suspensión de plano y de oficio, para el efecto de que cesen de inmediato dichos actos, “así como cualquier otro acto prohibido en el artículo 22 de la Constitución Federal, y 15 de la Ley de Amparo; en el entendido que queda a cargo y bajo la responsabilidad de las autoridades responsables, la integridad y salud del impetrante de la Justicia Federal”.

ambién el juez dio un plazo improrrogable de 12 horas a las autoridades penitenciaras para informar el cumplimiento dado a la suspensión de oficio y de plano que se decreta, apercibidas, (con excepción del Juez de Distrito vinculado al cumplimiento) que en caso de no acatar lo anterior, se dará vista a la Fiscalía General de la República adscrita, por la probable comisión del delito previsto y sancionado en el artículo 262.