Congreso Local determinó como improcedentes los juicios políticos contra la presidenta y la destitución del cabildo de Aguililla

Laura Avalos / Grupo Marmor

El Congreso del Estado de Michoacán declaró como improcedentes la solicitudes provenientes del municipio de Aguililla, una emitida por la propia presidenta municipal, y otra por los integrantes del cabildo de aquella demarcación.

La presentada por la alcaldesa María de Jesús Montes Mendoza, se encontraba dirigida contra los regidores del cabildo y pedía la destitución de su cargo supuestamente por haberse ausentado a las sesiones de cabildo, expuso que faltaron a más de 6 sesiones ordinarias y extraordinarias en un lapso de 60 días naturales, sin que a la fecha tengan una debida justificación ante el pleno del propio ayuntamiento.

Dicha solicitud, fue declarada como improcedente al considerar que la solicitante carece de legitimación procesal activa para invocar el procedimiento de suspensión o revocación de mandato.

Mientras que la segunda, fue interpuesta por los integrantes del cabildo contra la presidenta municipal, y solicitaba un juicio político en su contra, se hizo referencia a una serie de conductas que por un lado le atribuyeron los denunciantes María de Jesús Montes Mendoza, en su carácter de Presidenta así como a quien aluden es su pareja sentimental el Agustín Solorio Martínez.

Y en este caso, se concluyó que no se encuentra establecido que los Síndicos y Regidores municipales puedan comparecer ante el Congreso del Estado a presentar denuncias de Juicio Político, puesto que ello sería exceder su límite competencial, motivo por el cual, los denunciantes en sus caracteres de Sindica y Regidores, no se encuentran legitimados.