Plataformas digitales deberán reportar cada viaje realizado y su costo, podrán operar en Michoacán

Laura Avalos / Grupo Marmor

Morelia, Michoacán.-Dentro de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial que fue aprobada por el Congreso Local, se establece que se puede prestar servicio a través de plataformas tecnológicas, toda vez que deberán de portar un distintivo visible que los identifique como prestadores de este servicio.

Este permiso será otorgado por un plazo de un año y deberá de ser renovado mediante el pago de los derechos correspondientes.

Si bien se da oportunidad a las plataformas digitales como Uber y DiDi -por mencionar algunas-, queda descartada la posibilidad del traslado de personas en moto, servicio que es ofertado por Uber.

Además, se señala que se debe de informar el registro total de los vehículos, propietarios, asociados, afiliados o inscritos que utilicen su plataforma tecnológica a través de la aplicación digital respectiva.

Asimismo, los que han sido dados de alta, baja y las causas de esta última; en dicho padrón se deberá establecer la cantidad de viajes realizados, así como su costo unitario y el registro de siniestros de tránsito cuando ocurran, todo esto actualizado de manera mensual.