Hasta marzo son los plazos para registro de candidaturas comunes en Michoacán: IEM

Guadalupe Martínez/GrupoMarmor

El alcalde de Morelia, Alfonso Martínez Alcázar, quien busca la reelección en las elecciones del 2024, podrá registrar su candidatura común con los partidos del Frente opositor hasta el mes de marzo, ya que dicha figura es flexible y no obliga a ningún aspirante hacerlo de manera inmediata, aclaró el presidente del Instituto Electoral de Michoacán (IEM, Ignacio Hurtado Gómez.

A decir del consejero presidente del árbitro electoral en Michoacán, el periodo oficial para el registro de los precandidatos que conformarán la candidatura común en la entidad, como es el caso de Martínez Alcázar, es del 21 de marzo hasta el 4 de abril, en ese lapso el presidente municipal podrá asegurar la figura que lo acompañará en las elecciones del 2 de junio para la reelección.

En entrevista, Hurtado Gómez explicó que la ventaja de la candidatura común es que no obliga a los precandidatos a sujetarse a una determinada fecha, ya que el registro incluso puede llevarse a cabo ante el IEM en el momento que culmine el periodo, porque no hay ninguna obligatoriedad en la ley electoral.

“Nada les impide que en este caso el alcalde o cualquier otro aspirante a un cargo de elección popular, pueden llegar a la etapa de registro y hacerlo en ese momento, porque es una figura que a nivel nacional ya no existe y son muy pocos estados los que tienen candidatura común; no hay reglas de ese sentido”, resaltó el presidente del IEM.

Por lo anterior, el edil moreliano aún tiene tiempo para llegar a acuerdos con los tres partidos opositores PAN,PRI y PRD que encabezan el Frente opositor para las elecciones del 2 de junio al que se podría sumar, el Partido Encuentro Solidario (PES).

La candidatura común, consiste en la unión de dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, para postular al mismo candidato o candidata, además de que el convenio debe contener el nombre de los partidos que la conforman, el tipo de elección, el emblema común de las fuerzas y el color o colores con los cuales se participará.

Los votos que se obtengan el día de la jornada electoral se computarán a favor de la candidatura común y la distribución del porcentaje de votación será conforme al convenio que se registró ante el IEM.