Por Claudia Luna Palencia / Grupo Marmor
España da un paso más para seguir cercando a los fumadores y sobre todo para impedir que las generaciones más jóvenes, muchos adolescentes, caigan en la adicción temprana de vapear. Esta vez, la ley se endurece y se prohibirá fumar no solo en las terrazas de los restaurantes incluso en espacios públicos como las playas.
El día de hoy, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley sobre el tabaco en su segunda lectura. El principal cambio respecto a la primera lectura es la ampliación de las zonas libres de humo para incluir a las playas y las terrazas de bares y restaurantes ya cubiertas por la propuesta.
Este proyecto de ley, que será enviado al Parlamento español para iniciar su proceso legislativo, pretende dar el siguiente paso en la ampliación del derecho a respirar aire limpio; y proteger, además, a las generaciones más jóvenes de las modas del tabaco y de los vapeadores.
La ministra de Sanidad, Mónica García, señaló que alinear la regulación de los productos relacionados con el tabaco es uno de los principales objetivos del gobierno de España.
“Queremos una restricción a la venta y suministro de productos relacionados con el tabaco solo en tiendas especializadas y que no podrán mostrar publicidad o señalización visible desde el exterior. De hecho, este aspecto se detallará en una orden ministerial que se publicará en una fecha posterior”, dijo García.
Tras su aprobación inicial por el Consejo de Ministros en septiembre del año pasado, este proyecto de ley que modifica la Ley 28/2005 sobre medidas de salud pública contra el tabaquismo tiene tres objetivos clave, el primero de los cuales es la mencionada ampliación de las zonas libres de humo. Además, busca fortalecer la protección de niños y adolescentes, y adaptar la legislación a nuevos productos relacionados con el tabaco.
En primer lugar, esta legislación también prohíbe fumar en otros lugares, como piscinas públicas, instalaciones deportivas, parques nacionales, vehículos de trabajo, excepto cuando se usen exclusivamente para fines personales y espacios donde se celebran actuaciones públicas. Estos últimos incluyen teatros, cines, conciertos y otros eventos, incluidos los que se celebran al aire libre.
De hecho, el reglamento introduce las llamadas zonas de protección reforzada, definidas como un área de no menos de 15 metros alrededor de las entradas de edificios públicos, centros sanitarios públicos y privados, centros sociales y educativos, universidades, centros de investigación, museos, bibliotecas, centros culturales, centros deportivos y parques o áreas de juegos infantiles. Sin embargo, permite un periodo de dos meses para adaptar la señalización en zonas donde está prohibido fumar.
Además, está expresamente prohibido el uso de productos de tabaco por menores de 18 años. En este sentido, esta medida se trata de la misma manera que los cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados, con la excepción de las bolsas de nicotina, en cuanto a zonas libres de humo, aunque la legislación prohíbe su uso a menores.
















