Estados Unidos impone cuotas a la fresa mexicana por supuesto “dumping”

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Redacción / Grupo Marmor

El Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC) determinó de manera preliminar la imposición de cuotas antidumping de entre 3.37% y 5.28% a las importaciones de fresa mexicana durante la temporada invernal, estableciendo un margen promedio de 4.83% para la mayoría de los exportadores. Ante esta resolución, la Secretaría de Economía del Gobierno de México manifestó su grave preocupación y rechazó enérgicamente la sanción al considerar que carece de bases legales y altera de forma arbitraria la naturaleza de la investigación.

El conflicto inició el 31 de diciembre de 2025 a solicitud de productores del estado de Florida. A pesar de que en marzo de 2026 la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC) concluyó que no existían fundamentos para catalogar a la “fresa de invierno” como un producto distinto a la fresa en general ni para reconocer un mercado regional, el DOC mantuvo ambos supuestos en su dictamen preliminar. La autoridad mexicana advirtió que este criterio contraviene el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y diversos apartados del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

La resolución genera alerta en el sector agroindustrial, toda vez que la producción de fresa en México involucra a cerca de 5,000 productores y genera más de 151,000 empleos directos e indirectos, registrando envíos a territorio estadounidense por más de mil millones de dólares anuales. El Gobierno de México y el sector exportador darán seguimiento al proceso legal en espera de la determinación final de la ITC, prevista para principios de 2027.