Invalidan orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la orden de aprehensión librada contra el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, quien fue señalado por la Fiscalía General de la República (FGR) de ser presunto responsable de los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La Sala determinó que el mandatario goza de fuero constitucional y que el Congreso Local actuó conforme a sus atribuciones porque no estaba obligado a homologar la decisión de la Cámara de Diputados, erigida en Jurado de Procedencia, la cual acordó retirar la inmunidad al gobernador.

El fallo sienta un precedente que será aplicado en casos futuros, porque se estableció que las decisiones de la Cámara de Diputados cuando se erige en jurado de procedencia para desaforar a un gobernador no son vinculantes para los congresos locales.

Por esta razón, los ministros declararon infundada controversia relacionada con el desafuero del gobernador, donde se dejó claro que el simple pronunciamiento de la Cámara de Diputados para retirar la inmunidad al mandatario estatal no es suficiente; posteriormente declararon fundada la controversia contra la orden de captura.

El 30 de abril de 2021, la Cámara de Diputados avaló el desafuero del gobernador solo para que pueda ser procesado por el delito de defraudación fiscal por un monto de 6.5 millones de pesos. La Sección Instructora determinó que los presuntos de delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita no estaban acreditados. Sin embargo, el Congreso local se negó a homologar la decisión.

El juez Octavo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, señaló en su resolución que se violaron los derechos del gobernador porque estaban en curso las controversias constitucionales donde se debía resolver el tema sobre su inmunidad.

El juzgador aseguró que eligió “por proteger el interés social”, porque “la gravedad de los hechos con apariencia de delito” que se le imputan al mandatario estatal, “no pueden estar por encima de la inmunidad procesal”.

Dejó claro que su sentencia no implicaba favorecer la impunidad; puntualizó que la decisión de la Legislatura de Tamaulipas, de no homologar la decisión de la Cámara de Diputados, protege al titular del Ejecutivo local.

Por este motivo, modificaron el artículo 84 de la constitución estatal y el 44 de la Ley de Servidores Públicos, donde se establece que “en todos aquellos casos en los que el Congreso del Estado hubiese determinado la no homologación de la declaratoria por parte de alguna de las cámaras federales en los asuntos de su competencia, su decisión será definitiva e inatacable”.